¿Mito o verdad?
Despeja tus dudas sobre los mitos que se dicen sobre las AFP
Las AFP y otras entidades públicas o privadas se pueden quedar con mi fondo de pensiones.
- El fondo de pensiones que mes a mes has ido aportando con tu esfuerzo y trabajo, es solo tuyo. Nosotros, como tu AFP, invertimos estos aportes para hacer crecer tu dinero.
- Recuerda que la suma de los aportes que realizas y la rentabilidad que genera tu AFP dan como resultado tu fondo, el cual te pertenece solo a ti.
- Es importante conocer que los fondos de pensiones tienen protección constitucional, como lo indica el artículo 12 del Capítulo 2 - De los Derechos Sociales y Económicos de nuestra Constitución:“ Los fondos y las reservas de la seguridad social son intangibles. Los recursos se aplican en la forma y bajo la responsabilidad que señala la ley”
- La Constitución Política del Perú prevé mecanismos locales e internacionales para defender la naturaleza privada e individual de los fondos de pensiones.
Es muy difícil sacar nuestro dinero de las AFP.
- Si cumples con los requisitos, puedes disponer de tu fondo antes de cumplir con la edad legal de jubilación (65 años), a través de:
- 1. Jubilación anticipada por desempleo.
- 2. Retiro del 25% de tu fondo para pagar la cuota inicial o amortizar la compra de tu primer inmueble.
Las AFP se enriquecen con nuestros aportes y no nos dan nada a cambio.
- Eso no es así, los aportes que realizas a tu AFP, equivalentes al 10% de tu sueldo, van directamente a tu cuenta persona.
- Luego, tu AFP invierte esos aportes para generar la mayor rentabilidad posible para ti. La suma de los aportes que realizas y la rentabilidad que genera tu AFP dan como resultado tu fondo, el cual te pertenece solo a ti.
- Este fondo estará disponible cuando llegue el momento de tu jubilación y podrás elegir la modalidad en la que deseas recibir tu dinero: Pensión, Retiro del 95.5% de tu fondo (4.5% va a EsSalud) o una combinación de ambas.
- También puedes retirar el 25% de tu fondo en cualquier momento para pagar la cuota inicial o amortizar el crédito hipotecario de tu primer inmueble.
- Tienes la protección de un seguro frente a los riesgos de invalidez y fallecimiento.
Las AFP mezclan sus cobros de comisión con nuestros fondos.
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Las AFP gestionan de manera independiente los aportes que realizas a tu fondo y la comisión que te cobran por administrarlos.
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Recuerda que el aporte que realizas a tu AFP está compuesto en 3 partes:
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-Aporte a tu fondo (10% de tu sueldo y puede variar según la actividad de tu trabajo). Es el dinero que va directamente a tu cuenta personal para construir tu fondo de pensión.
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-Seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio (1.84% de tu sueldo y varía cada cierto periodo de acuerdo a la compañía de seguros que gana la licitación) Es el dinero que se entrega a las compañías aseguradoras para que cuentes con la protección de un seguro frente a los riesgos de invalidez y fallecimiento.
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-Comisión de las AFP (el % depende de tu AFP y tu tipo de comisión) Es el dinero que recibe la AFP para administrar tu fondo de acuerdo al tipo de comisión en el que te encuentras:
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Comisión sobre la remuneración, pagas un porcentaje mensual de tu sueldo.
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Comisión sobre el fondo, pagar un porcentaje anual de tu fondo.
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Si dejamos de aportar a la AFP, perdemos nuestro fondo.
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Si dejas de aportar a tu AFP no pierdes el dinero de tu fondo.
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Dejar de aportar regularmente a tu AFP tiene dos efectos importantes:
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-Puedes perder la cobertura del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.
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-Tu capital de jubilación sería menor al que obtendrías si continuaras aportando.
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Las AFP cobran altas comisiones a cambio.
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Eso no es cierto. En el 2012 la Superintendencia de Bancas, Seguros y AFP(SBS) inició el proceso de licitación entre las AFP, lo cual ha permitido que las comisiones se reduzcan con el tiempo.
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A lo largo de estos años, la comisión del componente sobre flujo en la comisión mixta, se ha reducido de forma progresiva.
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Desde febrero del 2023, este tipo de comisión es de 0% sobre el fondo.
El promedio de las pensiones mensuales que las AFP entregan a sus jubilados es crítico.
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Eso no es cierto. Las pensiones del Sistema Privado de Pensiones están en promedio en S/ 1100 mensuales, mientras que en el Sistema Nacional de Pensiones el promedio es de S/ 680 mensuales.
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Además, en el caso de las AFP, no existe un monto máximo de pensión, ya que depende del tamaño de tu fondo; mientras que, en las ONP el monto máximo es de S/ 893.
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Por eso es importante realizar tus aportes de manera mensual, ya que te permitirá tener una mejor pensión en el futuro.
Las AFP no me permiten acceder a mi jubilación si no aporto mínimo 20 años.
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Eso no es cierto. Las AFP te ofrecen la ventaja de poder acceder a una pensión sin cumplir con este requisito, que es propio de las ONP.
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En las AFP puedes disponer de tu fondo con solo un par de años de haber aportado, pero es importante tener en cuenta que, a mayor cantidad de años aportados, el monto que tendrás al momento de jubilarte será mucho mejor.
Las AFP no ayudan cuando tu empleador no realiza el pago de tus aportes
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Si no hubo un error en los datos de la planilla y tu empleador retuvo el dinero de tus aportes, debes acudir a tu AFP portando tus boletas de pago en las que figuren los descuentos no abonados.
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La AFP se comunicará con tu empleador e iniciará un proceso de cobranza administrativa con la finalidad de recuperar tus aportes. Esta cobranza consiste en que la AFP envíe a tu empleador un documento denominado Liquidación Previa, mediante el cual le comunica que tus aportes no se encuentran registrados en tu Cuenta Individual de Capitalización (CIC) y requiere que realice el pago.
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Si en un plazo máximo de 6 meses no procede, la AFP iniciará un proceso de cobranza judicial por los aportes que te han retenido y no han sido pagados.