Conoce los casos de excepción para solicitar la devolución de tus aportes

El dinero que acumulas en tu fondo está destinado para el pago de tu pensión en el futuro, sin embargo puedes solicitar la devolución de tus aportes en ciertas situaciones

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  • Devolución de aportes en exceso (Resolución 938)

    Devolución de aportes en exceso (Resolución 938)

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    Esta devolución aplica para:

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    Los afiliados que tienen más de 65 años de edad y a los que se les ha retenido aportes por concepto de prima de seguro
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    O para afiliados jubilados o inválidos en el Sistema Privado de Pensiones a los que se les ha retenido aportes por devengues posteriores a su fecha de jubilación o invalidez.
  • Devolución de aportes por Decreto de Urgencia N° 37-94

    Devolución de aportes por Decreto de Urgencia N° 37-94

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    En el Decreto de Urgencia 037-94 se otorga una Bonificación Especial a los trabajadores del sector público con la finalidad de elevar los montos mínimos del ingreso total permanente para que no sea menor a los S/300.

    La bonificación está excluida de los descuentos del SPP, por lo que al momento de jubilarte se realizará las devoluciones de las retenciones pagadas durante el periodo de julio de 1994 hasta el devengue de diciembre del 2015¹, según te corresponda.

    Condiciones:

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    Ser trabajador de la administración pública.
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    No tener la condición de pensionista bajo la modalidad de Renta Vitalicia dentro del SPP.
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    En caso de fallecimiento, tus herederos podrán solicitar la devolución acreditando su condición con los documentos correspondientes.
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    Si recibes una pensión para Retiro Programado, tu evolución de realizará en una sola armada con recálculo anual de pensión.
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    Si tienes un trámite de traspaso o cambio de fondo, debes esperar a que culmine para solicitar la devolución de tus aportes o desistir del trámite.

    ¹ Según el Informe N° 069-2016-EF/52.03, emitido por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las Oficinas de RRHH son responsables de cumplir lo siguiente: La Bonificación Especial otorgada a diversos servidores de la administración pública, en mérito de lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 037-94 no tiene carácter ni naturaleza remunerativa ni pensionable y no se encuentra sujeta a cargas sociales.

  • Devolución de aportes obligatorios a afiliados jubilados en otros regímenes

    Devolución de aportes obligatorios a afiliados jubilados en otros regímenes

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    Esta devolución aplica si has realizado aportes a la AFP posteriores a tu jubilación definitiva en otro régimen.
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    No está disponible para pensionistas por invalidez.
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    En caso de que tengas una pensión suspendida, deberás subsanar previamente esa condición para que puedas acceder a esta devolución de aportes.
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