
Permite a los afiliados al SPP que hayan realizado aportaciones en Perú y España, obtener pensiones paralelas en ambos países, utilizando la totalización de períodos de seguro cuando ello sea necesario.
El afiliado bajo los alcances de este Convenio podrá acceder a una prestación a través de la totalización de períodos de aportación realizados en Perú y España presentando una solicitud de pensión en la Institución Competente del país de residencia.
El Organismo de Enlace, para fines de pensión de jubilación, invalidez y sobrevivencia, por España es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y por el Perú es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP; siendo las Instituciones Competentes por España, las Direcciones Provinciales del Instituto Nacional de la Seguridad Social y por el Perú, las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones.