Sistema Privado de Pensiones (SPP)

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¿Qué es el Sistema Privado de Pensiones?

El Sistema Privado de Pensiones es un régimen de capitalización individual, donde los aportes que realiza el trabajador se registran en su cuenta personal denominada Cuenta Individual de Capitalización (CIC), la misma que se incrementa mes a mes con los nuevos aportes y la rentabilidad generada por las inversiones del Fondo acumulado.

Este sistema previsional se sustenta en la libertad y la responsabilidad individual, siendo sus características principales: libertad de elección, la participación activa del trabajador, la transparencia en la información, la libre competencia y la fiscalización.*

* Cfr: http://www.sbs.gob.pe

¿Qué es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS)?

La Superintendencia fue creada el 23 de mayo de 1931 bajo la denominación de Superintendencia de Bancos. Su finalidad era controlar y supervisar los bancos, empresas que en ese entonces conformaban un sistema financiero pequeño y habituado a la autorregulación. En total fueron 16 instituciones financieras que estuvieron inicialmente bajo el ámbito de la Superintendencia.

Se encomendó a la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SAFP) la regulación y supervisión del Sistema Privado de Pensiones (SPP), ejerciendo en representación del Estado la función de control de las mismas. Las AFP se crearon con el objeto social exclusivo de administrar fondos de pensiones, bajo la modalidad de Cuentas Individuales de Capitalización (CIC), así como otorgar a sus afiliados prestaciones de jubilación, invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio.*

En julio del 2000 fue promulgada la Ley 27328, en virtud de la cual se amplía el ámbito de acción de la SBS, al incorporar bajo su control y supervisión a las AFP. De esta manera, a partir del 25 de julio del 2000, la SBS ha asumido las funciones que desde 1992 venía desempeñando la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, cambiando su nombre posteriormente, a Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

Asimismo, el 12 de junio del 2007, mediante la Ley Nº 29038, la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) fue incorporada a la SBS, sumándose a sus funciones, la labor de prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

* Cfr: http://www.sbs.gob.pe

¿Cuál es la diferencia entre una AFP y la ONP?

En la ONP, el dinero que aportas mes a mes ingresa a un Fondo común que se usa para pagar las pensiones de los jubilados de hoy. Mientras que en las AFP, el dinero que aportas ingresa a una cuenta individual de tu propiedad, el cual se invierte para que siga creciendo, beneficiándote a ti y a toda tu familia.


* Cfr: http://www.asociacionafp.com.pe

¿Puedo trasladarme de la ONP a una AFP?

Sí. La afiliación se direcciona a la AFP licitada y debes hacerlo a través de tu empleador (si eres trabajador dependiente).

Debes hacerlo directamente (si eres trabajador independiente) apersonándote a las oficinas de la AFP licitada o a través de su página web.

¿Qué es el CUSPP?

El Código Único de Identificación del Sistema Privado de Pensiones (CUSPP) es un registro alfanumérico que distingue al trabajador dentro del Sistema Privado de Pensiones, y que se mantendrá inalterable, aunque el trabajador cambie de AFP.

Soy peruano, pero estoy residiendo en otro país ¿es posible entrar en el Sistema Privado de Pensiones?

Sí es posible, pero tienes que llenar y firmar tu contrato de afiliación con la AFP que elijas en el Perú (adjuntando además copia de tu DNI), y establecer un mecanismo que te permita concretar los aportes mensuales a tu cuenta individual en el Perú.

¿Cuáles son los tipos de comisión vigentes?

Desde febrero del año 2023 existen dos tipos de comisiones:

  • La comisión sobre la remuneración, que es una comisión mensual que se aplica sobre tu sueldo. 
  • La comisión sobre el fondo, que es una comisión anual que se aplica sobre el saldo de tu fondo. 

¿Qué es la AFPnet?

Es un portal que le permitirá preparar en forma automática las planillas de todas las AFP, declararlas directamente a través de internet y pagar los Aportes Previsionales.

Mi empleador me descuenta y no aporta ¿qué debo hacer?

De presentarse esta situación, debes presentar a tu AFP las boletas de pago en las que figuran los descuentos. Con ello la AFP iniciará el proceso de cobranza respectivo.

¿Cómo recupero lo aportado a la ONP?

Puedes recuperar parte de lo aportado por medio del Bono de Reconocimiento, que es un Título de Valor que reconoce los aportes realizados por los trabajadores al Sistema Nacional de Pensiones (SNP) antes de incorporarse al Sistema Privado de Pensiones (SPP). El Bono de Reconocimiento es redimible al cumplimiento de los 65 años del trabajador o con ocasión de su muerte, la jubilación anticipada, o la declaración de invalidez total permanente del titular. Actualmente las normas del SPP contemplan cuatro (4) tipos de Bono: el Bono de Reconocimiento 1992, el Bono de Reconocimiento 1996, Bono de Reconocimiento D.L N° 20530 y el Bono de Reconocimiento 2001. El Bono de Reconocimiento D.L. N° 20530 se encuentra pendiente de reglamentación.