Retiro del 95.5%

Ingresa

A

Ser afiliado y tener
65 años o más.

B

Ser afiliado titular
y acceder a:

El régimen de jubilación anticipada por desempleo (REJA)

Otro tipo de jubilación anticipada.

C

Ser pensionista por jubilación bajo una de las siguientes modalidades:

Retiro programado

Retiro temporal con Renta Vitalicia Diferida (durante el tramo de Renta Temporal)

Pensión

Retiro de hasta el 95.5% de tu fondo disponible

Pensión más retiro de un porcentaje de tu fondo disponible

PASOS

1
ASESORÍA

Recibe la asesoría de nuestros expertos y conoce las opciones que tenemos para ti.

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Mínimo
2 días

2
ELECCIÓN

Elige y confirma la opción que mejor se ajusta a tus necesidades sin ir a una agencia.

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Importante

Después de haber realizado el paso 2 para que no se apliquen nuevos descuentos a tu boleta de pago puedes presentar a tu empleador el Formato de Solicitud de Suspensión y la Constancia del retiro de 95.5%, si es que optaste por esta opción de retiro.

Si verificas que tienes descuentos posteriores después de haber realizado el paso 2, puedes solicitar el Retiro "Post 95.5%". Recuerda que el monto destinado a la comisión y prima de seguros serán excluidos del cálculo de devolución.

De acuerdo a las disposiciones legales vigentes, en caso dispongas el retiro del 95.5% del saldo de tu Fondo, tus potenciales beneficiarios de pensión a tu fallecimiento, NO tendrán derecho a la cobertura por las prestaciones de salud que brinda ESSALUD.

Si deseas realizar el trámite de Libre Desafiliación, posterior al retiro del 95.5%, deberás retornar la totalidad de los fondos retirados valorizados al día de pago de la restitución.

Si deseas tener una constancia por haber realizado el trámite del 95.5%, puedes obtenerlo ingresando a tu Zona Privada