Régimen Especial de Jubilación Anticipada REJA

Ingresa

EDAD EN LA QUE ACCEDES AL REJA

MUJERES

HOMBRES

DESDE 50 HASTA 65 AÑOS

ADEMÁS, DEBES CUMPLIR LAS SIGUIENTES CONDICIONES

  • DE DESEMPLEO

    5TA. CATEGORÍA

    Verificaremos que te encuentres desempleado durante al menos 12 meses ininterrumpidos, anteriores al mes en el que solicitaste tu evaluación.

  • DE INGRESO

    4TA. CATEGORÍA

    Verificaremos que tus ingresos de 4ta categoría, no superen el valor de las 7UIT vigentes al momento de la solicitud.

    Verifica si cuentas con RUC aquí.

¿QUÉ SUCEDE SI...

No tengo RUC o no he generado ingresos bajo el régimen de 4ta. categoría durante el periodo de evaluación?

SUNAT nos enviará un reporte confirmando esta información y continuaremos con el proceso de acceso al REJA.

No se encuentra disponible el resultado de SUNAT* acerca de la verificación de mis ingresos bajo el régimen de 4ta. categoría?

Si aún no tenemos el resultado que nos envía SUNAT, puedes registrar tu solicitud adjuntando el reporte de 4ta. categoría, que puedes generar desde la página web de SUNAT, mientras se encuentre disponible en dicho portal.

Si tienes dudas sobre cómo generar este reporte, mira nuestro tutorial aquí.

*Norma vigente a partir del 01 de setiembre del 2021

Tengo ingresos bajo el régimen de 4ta. categoría?

SUNAT nos enviará un reporte confirmando si el monto correspondiente al periodo de evaluación de 12 meses es mayor o menor al valor de las 7 UIT. Si su respuesta es que superas ese monto, tu solicitud no podrá continuar y será rechazada.

En el periodo de los 12 meses anteriores a mi solicitud mi ex empleador ha realizado aportes a mi AFP?

Si tu ex empleador ha realizado el pago por una regularización o liquidación de beneficios sociales, te solicitaremos por correo electrónico algún documento válido que sustente tu condición de desempleo, para así poder terminar de verificar tu solicitud.

CON ESTA INFORMACIÓN YA PUEDES EMPEZAR TU SOLICITUD:

  • PASO 1

    EVALUACIÓN
    Y ASESORÍA

    Haz tu evaluación de acceso con unos simples pasos.

  • Luego de 2 días útiles

  • PASO 2

    ELECCIÓN

    Elige la opción de retiro y/o pensión que mejor se ajuste a tus necesidades.

Recuerda:

  • La cuenta que ingreses debe estar en soles y a tu nombre (no mancomunada).
  • El pago se realizará a más tardar al 3er día útil después de haber realizado el paso 2.
  • La transferencia del 4.5% a EsSalud se hará efectiva dentro de los siguientes 15 días.
  • Tendrás derecho a la redención del Bono de Reconocimiento luego de 2 años de acceder al REJA o al cumplir los 65 años de edad, lo que ocurra primero.

Ten en cuenta que SUNAT* nos facilitará el resultado de la evaluación sobre la declaración y pago de impuestos de 4ta. categoría que hubieras efectuado durante los 12 meses anteriores a la solicitud.

*Según la vigencia de la Ley N° 31332 y su reglamento, la Resolución SBS N° 02455-2021.