Tienes hasta el 5to día útil del mes¹ siguiente al que efectuaste la retención de los aportes a tus trabajadores para declarar y efectuar el pago respectivo a la AFP a través del portal de AFPnet.
¹ Si realizas el pago después de los primeros 5 días, deberás realizar el pago con intereses de ley de acuerdo a la Resolución SBS - N° 2751 - 2020.